Lcda. Solimar Vega Vargas
Abogada-Notario-Mediadora
En Puerto Rico existen varias formas de plasmar nuestra última voluntad sobre la distribución, administración de nuestros bienes, y otros asuntos que podrían incluir la custodia de hijos menores de edad. En este escrito me enfocaré únicamente en la importancia y utilidad de otorgar un Testamento; ya que su preparación, merece orientación legal personalizada.
Primeramente, para poder entender la importancia de otorgar un testamento es importante conocer el orden en que se heredaría de NO HABER Testamento. Nuestro Código Civil, según enmendado mediante la nueva Ley 170 del 2013 dispone que los primeros en heredar son los llamados herederos forzosos, entiéndase descendientes (hijos, nietos) o ascendientes (padres) en caso de no haber descendientes. De no existir herederos forzosos, el conyugue (viudo) pasará a heredar la totalidad de la herencia de la persona fallecida.
De no existir conyugue (viudo) alguno,
heredarán los hermanos y sobrinos,
e hijos de éstos hasta el sexto
grado de consanguinidad.
En ausencia de parientes, hereda
el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
A modo general, existen varias formas de otorgar un testamento. La primera y más común es el Testamento Abierto el cual se otorga frente a un Notario y tres testigos. Existe también el Testamento Ológrafo, este tipo de testamento se redacta a mano por el propio testador y nunca se presenta ante Notario. Finalmente, el Testamento Cerrado es el que luego de haber sido redactado por el testador, este lo presenta ante un Notario sin revelar su contenido.
Independientemente de cuál tipo de testamento se interese otorgar, es altamente recomendable que se oriente con un abogado debido a que nuestro Código Civil exige ciertos requisitos para que los mismos sean validos y así evitar que luego de fallecer el otorgante sean declarados nulos y no pueda cumplirse su última voluntad.
Las personas que tengan descendientes, a través de un testamento pueden beneficiar ya sea a algún hijo en particular como a nietos, descendientes e incluso personas particulares. Por otro lado, se podría otorgar un testamento para limitar la partida de herederos forzosos a lo mínimo requerido por ley.
En el caso particular de personas que no hayan tenido hijos, el testamento se hace sumamente esencial, ya que la probabilidad de que al fallecer no existan herederos forzosos; abre la posibilidad a que pueda disponer libremente de la totalidad de sus bienes, garantizando que sean distribuidos por quien mejor entienda el testador sin ninguna limitación.
Las parejas de hecho, entiéndase parejas homosexuales y concubinos, también deben otorgar un Testamento para garantizar que su pareja no quede desprovista al momento de su fallecimiento; ya que éstos no tienen ningún tipo de derecho sobre la herencia del otro.
El otorgar un Testamento provee una oportunidad única de agradecer, premiar y proteger a personas que fueron parte importante de nuestra vida. Más que eso, el testamento permite simplificarle la vida a nuestros familiares, evitar confrontaciones, minimizarle los gastos y molestias de un litigio en los tribunales. Finalmente, un testamento nos da certidumbre de que nuestros bienes y patrimonio caigan en las manos correctas.
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